Home > México > Acciones, no ocurrencias, la necesidad urgente frente a los feminicidios en México: OCNF

Acciones, no ocurrencias, la necesidad urgente frente a los feminicidios en México: OCNF

Iniciativa de Monreal: improcedente y un debate agotado desde el movimiento de mujeres.


Ciudad de México.- Frente a las ocurrencias y confusiones que ha generado la intención del Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero, de eliminar el tipo penal del feminicidio, y la posterior Iniciativa con proyecto de decreto presentada por el Senador Ricardo Monreal Ávila para incorporar el tipo penal de feminicidio en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), como Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) advertimos que ambas propuestas desvían la atención de lo realmente importante, que es el asesinato de al menos 10 mujeres al día en México y el efectivo acceso a la justicia.

Quienes desde hace 13 años trabajamos para visibilizar, sancionar y erradicar el feminicidio, cuestionamos severamente la propuesta del Senador Monreal que plantea derogar el segundo párrafo del artículo 21 y adicionar un título V a la LGAMVLV, en materia de feminicidio, con el que pretende derogar la normatividad penal federal y local en la materia, que sea contraria al análisis de dicha iniciativa.

Esto debido a que, desde el 14 de junio de 2012, el feminicidio está tipificado en el artículo 325 del Código Penal Federal como delito a escala federal y, actualmente, en los códigos penales de las 32 entidades federativas, y si bien, coincidimos en que es necesario homologar el tipo penal a nivel nacional, hacerlo a través de la Ley General de Acceso implica, en primer lugar, desconocer que sería necesaria una reforma constitucional, pues el feminicidio no se encuentra contemplado entre los tipos penales en los que el artículo 73 fracción XXI inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos faculta al Congreso federal a legislar y derogar un tipo penal que de forma concurrente se ha emitido a nivel federal y estatal. En segundo lugar, la falta de consulta ciudadana en este tema implica desconocer que la tipificación del feminicidio fue impulsado desde el dolor de muchas familias y desde el movimiento de mujeres.

Ante estos actos irresponsables, que generan confusión y sirven como cortina de humo frente al grave nivel de violencia que vivimos las mujeres en México, exigimos al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de nuestro país:

  • Presentar propuestas claras para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los feminicidios en México, así como la ruta de acción para su implementación que partan de diagnósticos serios sobre la problemática y los obstáculos que persisten en el acceso a la justicia para las víctimas.
  • Acciones contundentes para romper la cadena de impunidad que fomenta la continuidad del delito en todos los rincones de nuestro país, tanto en contextos urbanos como comunitarios.
  • Impulsen e implementen acciones serias y profundas en materia de prevención que contribuyan a la disminución paulatina a corto y mediano plazo de los feminicidios.
  • Sean las mujeres quienes lideren las propuestas de reformas y acciones que impactarán directamente en la vida de más del 50% de la población a nivel nacional. Mientras que las autoridades varones propongan lo que van a hacer con sus pares para que dejen de violentar y asesinar a las mujeres, evitando así eliminar la participación de las mujeres y echar por la borda lo que nos ha costado construir como movimiento feminista.
  • Las acciones que se impulsen, contemplen los contextos criminales que incrementan la brutalidad y la saña con la que se asesina a las mujeres mexicanas.
  • Existan sanciones a las y los servidores públicos que por su acción u omisión violenten el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y al acceso a la justicia.
  • En caso de que inicien las discusiones sobre la creación del Código Penal Único, se contemple el feminicidio como un delito autónomo que describan las razones de género de manera objetiva, considerando como punto de partida el tipo penal contemplado en el artículo 325 del Código Penal Federal actual, y no reducirlo a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
  • Consulten a las víctimas y a la sociedad civil sobre las necesidades apremiantes y las acciones que han impulsado desde hace muchos años y que tienen como único fin contribuir al ejercicio y garantía de nuestros derechos.

Como defensoras de los derechos humanos, reiteramos que la violencia feminicida en México es grave, y que los avances realizados no requieren inventar el hilo negro, sino acciones contundentes que combatan la impunidad, que prevengan su continuidad y pongan fin a la violencia generalizada en contra de las mujeres y niñas en México.

Atentamente, Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF)

Print Friendly, PDF & Email