Cuatro meses después de que en redes sociales se difundieran de forma masiva testimonios de acoso y hostigamiento sexual, la Fiscalía General de la República (FGR) creó la plataforma web “Me Too” para interponer quejas por agresiones sexuales en contra de mujeres; sin embargo, para que los hechos se investiguen, la denuncia debe ser ratificada en el Ministerio Público correspondiente.
La plataforma virtual de la FGR se originó después que en marzo de este año las mexicanas protagonizaron el estallido del movimiento #MeToo en la red social Twitter, espacio donde expusieron historias de acoso y hostigamiento sexual en sus lugares de trabajo; la mayoría publicó su testimonio de forma anónima y protegiendo su identidad por temor a las represalias.
En este contexto, la página web pretende garantizar el derecho de las mujeres a denunciar delitos que atentan contra su integridad sexual, no obstante, como la FGR, por medio de la Fiscalía Especial para los delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra), sólo indaga hechos que son competencia de la Federación, esta plataforma únicamente funciona como un proceso de pre-denuncia.
Una vez que se realice la queja en metoo.subgeneroedomex.org se debe acudir a ratificarla a la agencia de Ministerio Público más cercana al lugar donde ocurrió la agresión.
En las instrucciones del proceso se advierte a las usuarias que no basta con realizar la queja en el portal, deben continuar con el proceso penal para que se investiguen los hechos y así determinar qué delito se cometió y en su caso, presentar ante un juez la investigación y los elementos necesarios para sancionar al responsable.
La plataforma fue presentada en junio pasado ante el Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, y se anunció como un esfuerzo conjunto entre la FGR y los gobiernos del Estado de México y la Ciudad de México.
Este espacio virtual no es el único en que se puede denunciar violencia sexual, el 25 de julio pasado la Secretaría de la Función Pública presentó el portal web “Alertadores de la corrupción”, donde se puede informar de manera confidencial casos de hostigamiento y acoso sexual que involucren a servidores públicos federales.
Actualmente la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la prohibición expresa, para la patronal, de realizar o tolerar actos de acoso y hostigamiento dentro del centro de trabajo o en las funciones laborales.
La ley laboral señala que el hostigamiento y el acoso se tratan de violencias que conllevan a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
A pesar de este marco normativo, como expusieron los testimonios de mujeres vertidos en redes sociales, las denuncias de acoso y hostigamiento sexual son desestimadas, la carga de pruebas recae en las víctimas, y la mayoría desiste de sus denuncias por ser procesos tediosos y revictimizantes.
En un reportaje especial sobre del movimiento #MeToo, abogadas expertas en violencia contra las mujeres explicaron a Cimacnoticias que las mujeres que enfrentan violencia sexual en sus centros de trabajo pueden denunciar por tres vías: la administrativa ante Recursos Humanos del lugar del trabajo, la penal ante un Ministerio Público y la laboral en el centro laboral y luego ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Sin embargo, también se mostró que no es común que se presenten denuncias ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya sea por desconocimiento del camino a seguir, porque desisten de seguir el proceso o porque algunos casos se resuelven internamente en los centros laborales.
Por otra parte, el 11 de abril mujeres feministas, representantes de la academia, la sociedad civil, las artes, el periodismo, personas expertas en Derechos Humanos y violencia, publicaron una declaratoria en la que pidieron a diversas autoridades e instituciones, entre ellas la FGR, informar las acciones que tomarían en torno a las denuncias del #MeToo, hasta el 6 de mayo, plazo que dieron, no obtuvieron respuesta.
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