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Presentan amparo contra Comisión de Amnistía por no enviar acuerdo de #LeyAmnistía al Diario Oficial


No publica el procedimiento para la recepción y trámite de las solicitudes de amnistía en el DOF. Único medio para darle validez al procedimiento

Ciudad de México / SemMéxico.- EQUIS Justicia para las Mujeres (EQUIS) presentó una demanda de amparo en  en contra de la Comisión de Amnistía, por incumplir con su obligación de enviar al Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo de la primera sesión que celebraron el 23 de junio.

El amparo fue presentado ante el Juzgado 14° de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, bajo el número 508/2020. Sin embargo, aclara en un comunicado la organización, “EQUIS interpuso la demanda de amparo para lograr que, por fin, se publique el acuerdo y, con ello, agilizar la implementación efectiva de la Ley de Amnistía”.

Cabe señalar que la demanda de amparo, en principio, se intentó presentar físicamente y por escrito ante la Juez 13° de Distrito en Materia Administrativa de la CDMX, quien no la recibió al no considerar que fuera un tema de urgencia.

Posteriormente, se realizó el mismo intento de presentación ante la Juez 14 de Distrito quien se negó a recibirla, bajo el mismo argumento: “no es considerado asunto de urgencia porque, aunque implica una persona privada de la libertad, no es una persona privada de la libertad la que viene a pedirlo sino una organización”.

Frente a ello, hemos presentado la demanda por medio del portal en línea y estamos en espera de la admisión y trámite de la misma. Remarcamos que las dificultades para acceder a la justicia electrónica son numerosas y, cuando se trata de personas privadas de la libertad, los obstáculos son mayores pues tienen acceso limitado a recursos digitales.

La publicación del procedimiento para la recepción y trámite de las solicitudes de amnistía en el DOF, permitiría darle validez a la ruta para que las personas privadas de la libertad injustamente accedan al beneficio. Sin ésta, la ciudadanía no puede saber los requisitos exigibles para integrar los expedientes.

De acuerdo con el boletín No. 203/2020, disponible en la página de internet del Gobierno Federal, durante la primera sesión de la Comisión se definieron algunos detalles relacionados con las solicitudes de amnistía. Sin embargo, dicho boletín no detalla el procedimiento mediante el cual se procesarán las solicitudes o las pautas de decisión con las que se evaluarán las mismas; incluso, omite especificar cada cuánto sesionará la Comisión para conocer y resolver los expedientes que se sometan a su consideración.

Más aún, los boletines no son una fuente oficial de información, como sí lo es el Diario Oficial de la Federación, órgano de difusión de las determinaciones del Estado.

Así como la puesta en marcha de la Comisión de Amnistía se formalizó a través de la publicación en el DOF de un acuerdo firmado por el presidente, la formalización del procedimiento para la recepción y trámite de las solicitudes de amnistía tiene que ser publicado, hecho del conocimiento y difundido a través del DOF.

La Comisión de Amnistía está conformada por los y las titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Monteño: de la Secretaría de Bienestar, María Luisa Albores González; la presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres, Nadine Gasman Zulbermann, y el director del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), Adelfo Regiono Montes.

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