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¿Cómo acceder a un aborto por violación en México?


Cada día 32 niñas se convierten en madres producto de una violación

Veracruz / Ana Alicia Osorio (Testigo Púrpura).-En México cada día 32 niñas se convierten en madres producto de una violación, según el Instituto Nacional de Mujeres.

A esa cifra se debe sumar la cantidad de mujeres adultas que se ven obligadas a pasar por la misma situación de ser madres debido a la violencia sexual que se vive día a día en el México.

Y aunque un aborto no quitará la violencia que vivieron, sí es una opción para muchas niñas y mujeres que no quieren ser madres.

¿Cuál es el procedimiento? 

En caso de que alguna se decida ejercer este derecho, únicamente se debe presentar a un hospital público de su entidad con una carta donde solicite el servicio, protestando decir verdad sobre la violación que vivió.

En caso de que se trate de una niña, menor de 12 años, además de la carta deberá acompañarse de su padre, madre o tutor.

“En caso de embarazo por violación, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo (…) previa solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad”, señala la NOM 046.

El personal médico no deberá cuestionar o verificar que haya existido violencia sexual ni hacer ningún tipo de prueba.

Sin embargo el personal de salud SÍ debe informar a las víctimas su derecho a denunciar y la existencia de espacios seguros donde se les brindará mayor orientación y protección.

Este procedimiento es el mismo en todo el país y solamente se debe verificar en cada estado cuanto tiempo se tiene para acceder al derecho, pues algunos como Veracruz solamente dan 90 días.

¿El personal se puede negar? 

Algunas personas que trabajan en el servicio público podrán declararse “objetores de conciencia”, es decir que por sus creencias personales pueden negarse a practicar este tipo de procedimientos.

Sin embargo, la Norma prevé que todos los hospitales deben tener personal médico y de enfermería que puedan realizarlo y que no sean “objetores de conciencia”.

“Si en el momento de la solicitud de atención no se pudiera prestar el servicio de manera oportuna y adecuada, se deberá referir de inmediato a la usuaria, a una unidad de salud que cuente con este tipo de personal y con infraestructura de atención con calidad”, indica la NOM 046.

Este es el procedimiento necesario para acceder al aborto por violación en México
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