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Violencia de género será causal de nulidad de elecciones en Veracruz


Veracruz / Shuemy Pérez (Testigo Púrpura).- La violencia política de género será una causal de nulidad, tal como ocurre con otros delitos electorales de suma importancia, en el estado de Veracruz, gracias a la reforma al artículo 396 del Código Electoral.

“La violencia política en razón de género forma parte de una expresión de la discriminación hacia las mujeres, es realizado por una persona, por sí misma o a través de terceros, que viola los derechos de las mujeres, y que tiene como resultado impedir su participación en las mismas condiciones que los hombres en la vida política, social, económica y cultural en el ejercicio de la representación política, para impedir o restringir el ejercicio de su cargo o inducirla a tomar decisiones en contra de su voluntad, de sus principios y de la ley”, se lee en la gaceta.

Entre las consideraciones que se tomaron está la definición de violencia política que comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afecta desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo.

Esto se realizó para enfrentar la problemática de violencia hacia las mujeres que vive el estado, “es fundamental impulsar reformas a la legislación electoral, conceptualizar la violencia política en contra de las mujeres, definir sus alcances, sus implicaciones y delinear mecanismos de sanción específicos para quienes ejerzan este tipo de conductas”, menciona el documento.

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