La Asamblea Legislativa tipifica como delito palabras, silbidos o gestos con connotación sexual al igual que tomar fotografías o videos sin consentimiento. Quienes lo cometan, deberán enfrentarse a multas y penas de cárcel
San José / AmecoPress.- Con 47 votos a favor y ninguno en contra, la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó la Ley Contra el Acoso Sexual Callejero. Aunque diez de los diputados se ausentaron en la votación. Un pronunciamiento unánime contra el acoso sexual callejero, informa bing.com/news.
Este delito está considerado como «toda conducta con connotación sexual y con carácter unidireccional, sin que medie el consentimiento ni aceptación de la persona a la que está dirigida, con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa, que proviene generalmente de una persona desconocida para quien la recibe y que tiene lugar en espacios públicos o de acceso público», señaló la declaración del órgano unicameral sobre el que recae el poder legislativo en este país.
La aprobación de la iniciativa, que fue impulsada por varios partidos políticos, fue celebrada por la ministra de la condición de la mujer, Patricia Mora.
“Las mujeres tienen derecho a caminar en libertad y sin miedo. La ciudad también es de las mujeres. Pero mientras avanzamos hacia el cambio cultural, hasta conseguir que la sociedad desnaturalice el acoso sexual callejero, el Estado debe asegurar el acceso de las mujeres a la justicia”, declaró la funcionaria, en un comunicado difundido en sus redes sociales.
¿Cómo serán aplicadas las sanciones con la nueva ley?
Para la entrada en vigor de la ley sólo falta la ratificación por parte del presidente del país, Carlos Alvarado, quien ya mostró su respaldo a través de sus redes sociales.
«Hoy la Asamblea Legislativa aprobó en segundo debate el proyecto de Ley contra el Acoso Sexual Callejero. Agradezco al Congreso y a todas las mujeres que trabajaron para hacer posible esta iniciativa, que pronto será ley y contribuirá a construir una sociedad más respetuosa», expresó el mandatario.
La norma impone penas de entre un año y año y medio de cárcel contra aquella persona que tome fotos o videos de otra persona en sitios públicos, sin su consentimiento, y con connotación sexual.
La sanción aumenta a dos años de prisión si el material es compartido o distribuido a otras personas.
Para quienes muestren sus genitales en lugares públicos, la pena será de seis meses en prisión.
Quien persiga o acorrale a alguien con intenciones sexuales enfrentará entre 8 meses y un año de cárcel.
La masturbación en sitios públicos se expone a penas de cárcel de hasta un año o sanciones económicas.
Y quien use palabras, ruidos, gemidos, silbidos o ademanes hacia otra persona, con fines sexuales, deberá pagar una multa. Aunque el valor aún no ha sido revelado.
Las autoridades pertinentes contemplarán agravantes contra los acusados, en caso de que la víctima sea menor de edad, persona de la tercera edad, en condición de discapacidad, o si el agresor es reincidente.
«El acoso sexual callejero no es inofensivo, es violencia contra las mujeres y sus cuerpos y ya no podemos seguir justificando, naturalizando ni minimizando esta conducta machista y cotidiana», señaló la ministra Mora.
El Instituto Nacional de las Mujeres, Inamu, destacó que esta ley es un avance fundamental para reducir la alta impunidad que existe frente a esta forma de violencia que sufren a diario las mujeres de todas las edades.