“Tras casi 8 años de injusto encarcelamiento, el proceso penal contra Keren se encuentra pronto a concluir», con una condena absolutoria
Ciudad de México / Edith González Cruz.- Por falta de pruebas, la tortura a la que fue sometida y a la discriminación en razón de género, el caso de Keren Selsy Ordoñez, podría estar en su última etapa y la Procuraduría General de Justicia de Tlaxcala dictar sentencia absolutoria.
“Tras casi 8 años de injusto encarcelamiento, el proceso penal contra Keren se encuentra pronto a concluir. El pasado 16 de octubre, su defensa presentó las conclusiones de inculpabilidad en el caso, en respuesta a la acusación que en su contra formuló la Procuraduría General de Justicia de Tlaxcala (PGJE de Tlaxcala), en la que solicitó 90 años de prisión por un secuestro que no cometió”, indica un comunicado de ayer jueves 19 de octubre, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C.
El documento lamenta que la PGJE de Tlaxcala haya optado por sostener la acusación en su contra, a pesar de tratarse de un caso en donde no existen pruebas lícitas para señalarla como responsable.
Ante la injusta persistencia de la acusación, el Centro Pro continúa con la defensa ante el Juzgado Penal en Apizaco encargado del caso y solicitó la exclusión de las pruebas obtenidas mediante violaciones a derechos humanos cometidas en su contra, como: la detención arbitraria, la retención ilegal, la declaración autoinculpatoria obtenida tras actos de tortura y que se tome en cuenta la discriminación por razón de género que ella vivió.
De igual forma, señaló la insuficiencia de pruebas con la que se pretende incriminar a Keren, pues se tratan únicamente de constancias y documentos generados en las horas posteriores a su detención, sin que estas guarden las mínimas formalidades, como son la firma de quiénes participaron en las diligencias.
El caso de Keren es representativo del uso discriminatorio del sistema penal contra las mujeres, cuando este no se aplica con perspectiva de género, ignorando las circunstancias de vulnerabilidad y violencia en las que se encuentran antes y durante la detención y el proceso.
Por todas sus irregularidades, la defensa hace un llamado al Poder Judicial de Tlaxcala, y en específico a la Jueza Maricela Sánchez Apan, encargada de resolver el caso, para que dicte sentencia absolutoria y ordene la inmediata libertad de Keren, que se juzgue con perspectiva de género y se evite el uso de estereotipos que trasladen la responsabilidad a la acusada, de acciones relacionadas con un delito que no cometió.
Un cúmulo de injusticias
Acusada por un delito que no cometió, ser expuesta en los medios de comunicación poniendo en riesgo su integridad física y moral, ser víctima de un padre que no da manutención a su hija, ser pobre y mujer, Keren es un ejemplo de las enormes desigualdades e injusticias que padecen las mujeres no solo en materia de justicia, sino también en sus derechos humanos en general.
En noviembre del 2015, Keren, de entonces 19 años y originaria de Veracruz, tuvo a su primera y única hija, un mes después, aún convaleciente, salió de casa para encontrarse con el padre de la niña para solicitarle recursos para la manutención. Era un 11 de diciembre.
Mientras lo esperaba, vehículos de la Policía Federal y Policía Ministerial de Tlaxcala arribaron al lugar. Los agentes armados detuvieron a ambos padres, a su bebé y a otro hombre que se encontraba en el lugar, todo ello sin una orden de aprehensión en su contra. Keren fue detenida, sometida a golpes, asfixia y amenazas de desaparecer a su hija, que como aún no contaba con acta de nacimiento, nadie se percataría de su ausencia.
Keren y su bebé permanecieron cuatro horas en las instalaciones de la Fiscalía General de Veracruz. La Fiscalía incluso realizó un certificado de integridad física a la bebé, en donde refieren que se examinó a una “niña de un mes de edad, en calidad de detenida”.
Tras 11 horas incomunicada y sujeta a violaciones a sus derechos humanos, Karen fue acusada de secuestro y fue obligada a firmar una declaración fabricada en la que reconocía haber participado en dicho secuestro. Horas más tarde, las autoridades ministeriales entregaron a la bebé al DIF estatal, sin dar aviso previo a algún familiar. La hija de Keren permaneció 12 días lejos de su familia, hasta que la abuela materna logró que se la entregaran.
El padre de lan niña también fue detenido y sentenciado por el mismo delito de secuestro, pero él recuperó su libertad desde 2019 tras cumplir una condena de cinco años por ser menor de edad al momento de la detención, Karen lleva ocho años presa y lejos de su hija.
Ese mismo año, el 20 de noviembre de 2019, el Juzgado Penal del Distrito Judicial de Sánchez Piedras, en Apizaco, Tlaxcala dictó sentencia condenatoria en contra de Keren, imponiendo una pena de prisión de 50 años, por un delito que no cometió, pero el el 27 de septiembre de 2021 un Tribunal Colegiado concedió un amparo a Keren al considerar que se habían violentado derechos procesales, ordenando reponer el procedimiento hasta la etapa de instrucción. Actualmente, el proceso continúa abierto.
Debido a las múltiples violaciones a sus derechos humanos, irregularidades durante su proceso e inficacia de diversos defensores públicos, el Centro Prodh asumiósu defensa integral y representación.
Keren fue expuesta a medios de comunicación, exhibida como “secuestradora”. Se difundieron sus fotografías, su nombre completo y lugar de origen, lo cual viola el principio de presunción de inocencia.
Juzgar con Perspectiva de género
A pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuenta con un Protocolo para juzgar con perspectiva de género, en la mayoría de los casos los juzgadores, principalmente en los diferentes estados del país, hacen caso omiso de el. El protoclo señala que es es obligatorio para las juezas y jueces del país tomar en cuenta los siguientess elementos al momento de juzgar:
- Identificar si existen situaciones de poder que por cuestiones de género den cuenta de un desequilibrio entre las partes de la controversia
- Cuestionar los hechos y valorar las pruebas desechando cualquier estereotipo o prejuicio de género, a fin de advertir las situaciones de desventaja provocadas por esta categoría
- Ordenar las pruebas necesarias para visibilizar dichas situaciones, siempre que el material probatorio sea insuficiente para aclarar la situación de violencia, vulnerabilidad o discriminación por razones de género
- Cuestionar la neutralidad del derecho aplicable y evaluar el impacto diferenciado de la solución propuesta
- Aplicar los estándares de derechos humanos de todas las personas involucradas
- Evitar la utilización de lenguaje basado en estereotipos o prejuicios, y, a su vez, procurar el uso de lenguaje incluyente.
En el Diagnóstico Nacional sobre Tortura Sexual Cometida contra Mujeres Privadas de su Libertad en México, publicado por la Secretaría de Gobernación (Segob, 2022), se evidencia que el 25.62 por ciento de las mujeres encarceladas consideró ser víctima de tortura sexual; el 12.5 por ciento sufrió violencia sexual, sin haberla reconocido como tortura sexual y el 22.26 por ciento fue sometida a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
En el caso de Keren, según documentó la defensa del Centro Pro, ninguna de estas obligaciones fue tomada en cuenta, pues se le acusó sólo por ser pareja de un inculpado.