Por Gely Pacheco
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- A inicios de esta semana, nos enteramos a través de redes sociales de un caso que recibió una cobertura mediática distorsionada, con un enfoque más propio de una revista de chismes al estilo TV Notas o TVyNovelas, convirtiéndose en cómplices de una historia de violencia que se a prolongado no solo en los 14 años de matrimonio sino en su proceso de separación. Se publicaron y difundieron notas especulativas que generaron comentarios desafortunados, promoviendo la violencia y la discriminación contra Karen, una mujer de 35 años que habría decidido iniciar una relación sentimental con una persona llamada Eduardo.
La pastora Karen fue detenida junto con su actual pareja, quien presuntamente sustrajo más de 11 millones de pesos de la casa de la ex suegra de Karen, Flor de María Pérez. Según declaraciones de la madre de la pastora, la sustracción ocurrió desde el mes de diciembre pero no fue denunciada de inmediato. En septiembre, Karen inició el proceso de divorcio con el pastor Rubén Hernández, líder de la iglesia Casa de Adoración ubicada en Tuxtla Gutiérrez.
Karen y Rubén estaban en proceso de repartir los bienes generados durante sus catorce años de matrimonio bajo el régimen de bienes mancomunados. Según, la madre de Karen, esto volvió a provocar el enojo y agresión del pastor al no llegar a un acuerdo, evidenciando su intención de despojarla de autonomía y calidad de vida; perpetuando así su control sobre ella, limitando su posibilidad de salir de una vida de violencia.
De acuerdo al abogado de Karen, Jorge Segismundo Rotterdam Díaz:
‘’La presentación ante el juez de control en el penal de El Ámate en la ciudad de Cintalapa, se debe a que previamente se obtuvo una orden de aprehensión dentro de una carpeta de investigación iniciada por robo con violencia por parte de la Fiscalía General del Estado de Chiapas. En ningún momento se le permitió a Karen y Eduardo comparecer. Hay un informe de un policía, que indica que el domicilio, plenamente identificable en Tuxtla Gutiérrez, no pudo ser localizado, y con ese pretexto, se integró toda la carpeta a espaldas de Karen y Eduardo’’.
Karen debió haber citada desde un principio para garantizarle su derecho a una defensa adecuada, permitiéndole nombrar un abogado/a y conocer los hechos que se le imputaban. En lugar de ello, simplemente se obtuvo la orden de aprehensión, dejando entre ver un supuesto tráfico de influencias políticas y económicas.
Violencia mediática
A esto se suma la violencia mediática ejercida por algunos medios de comunicación, que han difundido contenidos con juicios de valor en su contra, justificando las acciones del agresor y volviéndose cómplices en la perpetuación de la violencia sistemática. Cabe destacar que el propio Rubén ha reconocido públicamente su conducta.
Según con el artículo 6 constitucional y otros instrumentos legales, la libertad de expresión no puede ejercerse vulnerando otros derechos, en el de las mujeres a vivir una vida libre de violencia.
En las primeras horas del viernes, el juez determinó vincular a proceso Karen y Eduardo, considerando que existían elementos suficientes. No obstante, el abogado Jorge Segismundo comentó para este medio, que impugnaran la decisión, pues sostiene que no hay pruebas suficientes. Aún está por definirse si lo harán por la de la vía apelación o del amparo.
En el caso de Karen, se consideró que no representaba ningún peligro para la denunciante, por lo que no se le impuso prisión preventiva. Eduardo, en cambio, sí permanecerá en prisión preventiva, aunque su defensa buscará revertir esta medida mediante los mecanismos de impugnación correspondientes.