El 62% de los votantes celebró la aprobación a suprimir la pena de cadena perpetua que pesaba contra las mujeres que aborten, para dar paso a una ley de plazos.
(Reuters).- La mayoría de los votantes gibraltareños han votado a favor la flexibilización de una estricta ley de aborto en un referéndum, según informaron el viernes las autoridades del pequeño territorio británico situado en el extremo sur de España.
Alrededor del 62% de los votantes que participaron apoyaron el cambio en la votación del jueves, donde la participación fue de alrededor del 52%, dijo el parlamento de Gibraltar.
El voto «es un excelente resultado para las mujeres», dijo en Twitter el ministro principal, Fabian Picardo, que apoyó el ‘sí’ en una campaña polarizada. «También trabajaremos para introducir los nuevos servicios que necesitaremos para garantizar el asesoramiento y los abortos seguros y legales», añadió.
El derecho penal de Gibraltar ha prohibido el aborto en cualquier circunstancia, con un castigo máximo en teoría de cadena perpetua. Aunque nunca se ha condenado a nadie, las ciudadanas y residentes se ven obligadas a ir a España o viajar a Reino Unido para abortar.
El referéndum se había programado originalmente para marzo de 2020, pero se pospuso debido a la pandemia de coronavirus.
Entra en vigor una ley de plazos que permitirá el aborto hasta las 12 semanas de gestación (en España es hasta las 14, y hasta las 22 semanas por patología fetal o por problemas de salud, física y psíquica, de la madre). El cambio se queda bien lejos de las interrupciones hasta las 24 semanas que se autorizan en el Reino Unido, país del que Gibraltar tiene independencia legislativa, pese a depender de él como territorio de Ultramar. A las urnas estaban llamadas 23.342 personas, incluidos los mayores de 16 años, pero se obtuvo una participación de solo 52,75%, una cifra relativamente baja para un territorio acostumbrado a implicaciones de más de un 70%, como en las últimas elecciones generales de 2019. La legislación, que llevaba más de dos años esperando a la consulta popular, sigue un modelo de supuestos: la interrupción será posible en cuatro casos: sin que haya que justificarlo, antes de las 12 semanas; y sin limitación de tiempo —siempre con supervisión médica— en estos tres supuestos: si evita lesiones graves “en la salud física o mental de la embarazada”; si seguir adelante pone en riesgo la vida de la gestante, y si se da un peligro de muerte fetal. No obstante, se prevé la objeción de conciencia de los facultativos, pero limitada al deber de salvar vidas (El País).