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Tipifican como delito el matrimonio forzado de niñas, niños y adolescentes en el Senado


 

Los usos y costumbres no deben estar por encima del interés superior de la niñez: Geovanna Bañuelos de la Torre.

Ciudad de México /Micaela Márquez (SemMéxico).- Con penas de ocho a 15 años de prisión y de mil a dos mil 500 días de multa aprobó el pleno del Senado de la República las reformas al Código Penal Federal que tipifica como delito el matrimonio forzado de niñas, niños y adolescentes. Las sanciones se duplicarán si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.

Es imprescriptible el delito de matrimonio forzado de niñas, niños y adolescentes y sanciona de 8 a 15 años de prisión a quienes obligan o manipulan a los menores de edad, para adoptar un modo de vida idéntico al del matrimonio. El proyecto de decreto reforma el artículo 205 Bis y se adiciona un capitulo IX al Título Octavo del Código Penal Federal, fue remitido al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

Las prácticas y costumbres de pueblos originarios nunca deben estar por encima de los derechos humanos, la libertad y el libre desarrollo de las niñas y mujeres indígenas, aseguró la senadora Geovanna Bañuelos de la Torre al fundamentar a favor del dictamen que prohíbe la cohabitación forzada con menores de edad.

Al respecto refirió que más de 230 mil adolescentes entre 12 y 17 años se encontraban casadas o unidas en 2020 de acuerdo a datos del Censo de Población 2020 realizado por el INEGI,  lo cual corresponde al 3.7 % de la población de mujeres de dicho rango de edad.

En Chiapas, Guerrero, Michoacán y Tabasco el matrimonio o la unión con menores de 12 a 17 años era un fenómeno más frecuente, ya que una de cada 20 mujeres adolescentes en la entidad, de entre 12 y 17 años, se encontraba casada o unida en 2020.

La coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo enfatizó que como legisladoras/es tienen el deber de impulsar las reformas que ayuden a eliminar las prácticas que atenten contra el interés superior de la niñez, y enfatizó que no existe ninguna justificación para las prácticas de matrimonio forzado o cohabitación forzada, ni si quiera el amparo de usos y costumbres en diversas entidades del país.

La presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, expresó en el pleno que “nunca más, nuestras niñas, niños y adolescentes deben ser obligados a tener una relación sentimental o a casarse, o ser privados de su libertad, ni a ser víctimas de violencia doméstica”.

Las y los menores de edad de los hogares más pobres, de zonas rurales y pertenecientes a grupos indígenas y afrodescendientes, puntualizó, están en mayor riesgo de ser víctimas del matrimonio forzado.

Refirió que datos del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) señalan que en América Latina “una de cada cuatro mujeres de 20 a 24 años contrajo matrimonio por primera vez o mantenía una unión temprana antes de cumplir los 18 años”.

El senador priista Jorge Carlos Ramírez Marín destacó que no basta con la ley, hay que velar por su correcta aplicación, ya que más de 12 millones de menores de edad son obligados y obligadas a casarse o cohabitar con otra persona en contra de su voluntad.

En tribuna argumentaron a favor del dictamen Rafael Espino de la Peña, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, las senadoras Xóchitl Gálvez Ruiz de Acción Nacional, y Gabriela Benavides Cobos del Partido Verde y el senador Daniel Gutiérrez Castorena de Morena.

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