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UNAM establece sanciones contra agresores de mujeres

por Olimpia y Simone
25/08/2020
in México
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Profesoras piden que instancia independiente revise casos de violencia de género en UNAM
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Ciudad de México / Angélica Jocelyn Soto Espinosa (CIMAC Noticias).- La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) ya modificó sus estatutos para establecer sanciones contra quienes cometan violencia de género y para que la Defensoría de los Derechos Universitarios intervenga en la prevención, erradicación y sanción de la violencia contra las mujeres en la universidad.

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El pasado 7 de agosto, el Consejo Universitario de la UNAM aprobó en sesión extraordinaria adicionar la fracción III al artículo 98 del Estatuto General, relacionado con las sanciones a aplicarse para los casos de violencia de género.

Esta modificación fue uno de los puntos que quedó pendiente en febrero pasado, cuando — gracias al paro de labores y a la toma de instalaciones que iniciaron las estudiantes en distintas facultades, CCH y preparatorias– el Consejo Universitario de la UNAM aprobó reconocer la violencia en general y la violencia de género como una “falta especialmente grave”.

No obstante, en esa modificación se evadió explicar qué tipo de acciones constituyen la violencia de género y no se describieron las sanciones específicas para los agresores de las mujeres, como pidieron inicialmente las alumnas organizadas de la Facultad de Filosofía y Letras (FFyL).

Fue seis meses después, cuando el Consejo Universitario saldó parte de estos pendientes para establecer en el artículo 98 lo siguiente:

“Para los casos de violencia de género las sanciones indicadas serán aplicadas de conformidad con los principios de taxatividad y proporcionalidad en los términos establecidos por la normatividad y los Lineamientos correspondientes”.

El Artículo 98 del Estatuto indica las sanciones que podrán imponerse en los casos que no tengan expresamente señalada una pena. La fracción I señala que para el caso del personal académico estas sanciones son: el extrañamiento escrito, la suspensión y la destitución.

La fracción II referente a los alumnos establece la amonestación, negación de créditos o cancelación de los concedidos respecto al pago de cuotas; suspensión o separación de cargos o empleos que desempeñen; suspensión hasta por un año en sus derechos escolares y expulsión definitiva de la facultad o escuela.

“Esta modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en Gaceta UNAM y se suma a otras reformas que se han planteado al Consejo Universitario, con el propósito de ir adecuando la legislación de la UNAM a los requerimientos para erradicar la violencia de género en la institución”, comunicó la universidad.

Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género

El Consejo Universitario de la UNAM también aprobó modificaciones a la legislación relacionada con la Defensoría de los Derechos Universitarios que ahora se denominará Defensoría de los Derechos Universitarios, Igualdad y Atención de la Violencia de Género.

Actualmente, la Defensoría podrá recibir quejas del alumnado, personal académico y administrativo, por actos u omisiones que afecten los derechos de la comunidad universitaria, así como por los que constituyan violencia de género.También coadyuvará con las autoridades en la estrategia dentro de la Universidad para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia en general y de género, en específico. Además de proporcionar asesoría en esos campos.Entre las modificaciones se incluyó la creación de un Consejo Consultivo, integrado por los titulares del Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG), y del Instituto de Investigaciones sobre la Universidad y la Educación (IISUE). También, por una profesora emérita de la UNAM con conocimientos sobre derechos humanos o estudios de género, quien será nombrada por la Comisión del Mérito Universitario.

De igual forma, se integrará a cinco alumnas provenientes de los diferentes niveles de estudio y se procurará que estén inscritas en distintas sedes de esta casa de estudios. Serán nombradas de la siguiente manera: una por la Comisión Especial de Seguridad; dos por la Comisión Especial de Equidad de Género; e igual número por la Comisión de Legislación Universitaria.

Asimismo, se incorporará un docente de la Escuela Nacional Preparatoria o de la Escuela Nacional Colegio de Ciencias y Humanidades, nombrado por el Consejo Académico del Bachillerato, así como a una persona designada por el titular de la Rectoría. En la conformación del Consejo se garantizará la paridad de género.

Entre las nuevas atribuciones de la Defensoría está emitir recomendaciones sobre los asuntos de su competencia, y que ayuden a detectar áreas de oportunidad para prevenir futuras afectaciones a los derechos universitarios y sucesos de violencia de género.

En caso de que alguna autoridad o funcionario rechace sus recomendaciones, la Defensoría dará vista a la Comisión de Honor del Consejo Universitario para que la autoridad o funcionario comparezca ante la misma y exponga los razonamientos que justifiquen su decisión.

El incumplimiento y desatención a las recomendaciones serán causa de responsabilidad y sancionados conforme a la Legislación Universitaria o el contrato de trabajo correspondiente.

Olimpia y Simone

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