La Comisión permanente del Congreso de la Unión declaró este miércoles constitucional la reforma de diversas disposiciones de la Constitución en materia de paridad de género.
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Las reformas constitucionales deben ser aprobadas por más del 50 por ciento de las legislaturas estatales (por lo menos 17), tras lo cual puede realizarse la declaratoria constitucional.
Los 21 congresos locales que ya aprobaron la reforma son: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.
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Con la declaratoria, el dictamen pasa al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Los artículos reformados son el 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 en materia de paridad de género.
El 14 de mayo fue aprobado el proyecto de decreto en el Senado de la República por unanimidad, mientras que la Cámara de Diputados dio el ‘visto bueno’ el día 23 del mismo mes.
Las reformas permitirán que la mitad de los cargos públicos a nivel federal, estatal, municipal y en órganos autónomos sean para mujeres.
También busca fomentar el principio de paridad en los partidos políticos, postulando candidaturas en forma igualitaria de acuerdo con las reglas que marque la ley electoral, garantizando la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ejercicio del poder público
La modificación constitucional también incluye el principio de paridad de género en la elección de representantes ante los ayuntamientos en los municipios con población indígena.
De igual manera, mandata que la ley que regule la organización y funcionamiento del Poder Judicial de la Federación incorpore la paridad de género para la integración de los órganos jurisdiccionales federales.
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Fuente: El Financiero