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Diputadas aprueban proyecto para despenalizar el aborto en México

Emite Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados opinión favorabl. Las diputadas sostienen que es derecho de las mujeres


Ciudad de México / Elda Montiel (SemMéxico).- La Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados aprobó una ‘opinión favorable’ para el dictamen que despenaliza el aborto, ya que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud en materia de Interrupción legal del embarazo y salud sexual reproductiva.

Presentada por las diputadas y los diputados del Grupo Parlamentario de Morena, la iniciativa adiciona la fracción V Bis al artículo 3; el párrafo cuarto al artículo 10 Bis; el capítulo VI Bis “De la Interrupción Legal del Embarazo” y el artículo 71 Bis de la Ley General de Salud, para que la Secretaria de Salud reconozca y garantice el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, incluida la Interrupción Legal del Embarazo. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Salud a fin de continuar con su análisis.

Las y los diputados iniciadores consideran que es imprescindible asegurar y garantizar el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres sin opugnar la libertad de conciencia.

Por lo que proponen conciliar ambos derechos, asegurando que las instituciones de salud garanticen la existencia de personal que no oponga la objeción de conciencia para realizar los procedimientos de interrupción legal del embarazo a las mujeres que así lo soliciten.

Por los anteriores motivos las y los legisladores del grupo parlamentario de Morena, consideran que todo ello coadyuvará decididamente para garantizar un acceso efectivo de las mujeres a sus derechos sexuales y reproductivos, así como a la no discriminación.

Sobre la importancia de la despenalización del aborto en la protección amplia de   los derechos de las mujeres, las y los diputados iniciadores, señalan que, conforme a la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad de México, es importante considerar que de abril de 2007 a julio de 2019 se realizaron 214 mil 165 interrupciones legales de embarazo a mujeres procedentes de todos los estados de la República, incluyendo a mujeres extranjeras.

En la Iniciativa se establece que la Secretaría de Salud por medio de personal capacitado para tales efectos, deberán proceder a la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas y en aquellos otros supuestos permitidos por la ley, en condiciones de calidad, cuando la mujer interesada así lo solicite.

Para tales efectos, a solicitud de la interesada, la Secretaría de Salud proporcionará servicios de consejería médica y social con información veraz y oportuna.

Asimismo, se establece que el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrá ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta Ley.

Las instituciones públicas de atención médica, deberán contar en todo momento con personal no objetor de conciencia para los procedimientos médicos que deben garantizar.

 

 

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