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Los y las legisladoras aprueban Ley contra la violencia vicaria


 

Colectivos que han impulsado el reconocimiento de este delito y sus sanciones celebraron el decreto.

Busca proteger y hacer justicia a mujeres a las que le han arrebatado a sus hijos o inventado delitos para separarlos

 

Ciudad de México / Olivia Vázquez Herrera.-La Cámara de Diputados aprobó este miércoles 29 de noviembre una serie de modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como a los códigos Civil y Penal federales a fin de tipificar como delito la violencia vicaria, así como a establecer sanciones en contra de quienes la ejerzan.

Con 452 votos a favor, los diputados federales turnaron el documento al presidente Andrés Manuel López Obrador para que lo promulgue. En el escrito se establece que la violencia vicaria (o violencia a través de interpósita persona) es cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar daño o perjuicio a las mujeres, se dirige contra sus hijos, familiares o personas allegadas.

Vale destacar que esto aplica para las personas que tienen o tuvieron una relación de matrimonio o concubinato con su agresor, incluso si ya no se habita en el mismo lugar. Con ello se busca hacer justicia a aquellas mujeres a las que el propio Estado las ha orillado o condicionado a seguir viviendo con su agresor, subrayó durante la sesión la diputada Julieta Kristal Vences, quien también es presidenta de la Comisión de Igualdad de Género.

Este tipo de violencia siempre es ejercido contra las mujeres, señala el documento aprobado en Diputados. Foto: Cam-Cai Colectiva de Amorosas Madres Contra la Violencia Vicaria
Dentro de las acciones que comprenden la violencia vicaria se encuentran:

  • Amenazar con causar daño a hijas e hijos
  • Amenazar con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o lugar habitual de residencia
  • Utilizar a hijas e hijos para obtener información de su madre
  • Promover, incitar o fomentar actos de violencia física de hijas o hijos en contra de la madre
  • Incitar o fomentar actos de violencia psicológica que descalifique a la figura materna afectando el vínculo materno-filial
  • Ocultar, retener o sustraer a hijos o hijas, además de familiares o personas allegadas
  • Interponer acciones legales con base en hechos falsos e inexistentes, en contra de las mujeres para obtener la guarda y custodia, cuidados o atenciones, o pérdida de la patria potestad de hijas e hijos en común
  • Condicionar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias a las mujeres y a sus hijos e hijas

Es importante mencionar que la llamada ‘Ley contra la violencia vicaria’, que fue impulsada arduamente por colectivos y organizaciones civiles, aplicará tanto para las personas que viven en México como para aquellas que se encuentran en el extranjero. Al tipificar el delito, éste ya es causal de divorcio, pérdida de patria potestad y restricción para el régimen de visitas, así como impedimento para la guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes.

De acuerdo con el documento aprobado por unanimidad en la Cámara de Diputados, las sanciones penales contra las personas que ejerzan violencia vicaria contra las mujeres van de ocho meses a 5 años de prisión. “La violencia vicaria debe ser visibilizada porque utiliza a hijas e hijos, como instrumentos para dañar a la mujer, con el único fin de causar dolor, angustia y desesperación”, señaló la diputada del Verde, María del Rocío Corona Nakamura.

La legisladora federal también hizo un llamado para fomentar la cultura de la denuncia, a fin de que las mujeres que sufren este flagelo rompan el silencio y visibilicen lo que les pasa, pues el daño ocasionado por la violencia interpósita es irreversible.

 

Fuente: Infobae
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